Anotaciones generales sobre las conductas punibles que integran los actos de discriminación. En Posada Maya, Ricardo (Coord.). Discriminación, principio de jurisdicción universal y temas de derecho penal (pp. 345-394)
Palabras clave:
conductas punibles, discriminación, principio de jurisdicción universal, derecho penalResumen
Mediante el artÃculo segundo de la ley 14 de 2011 se introdujo al TÃtulo I del libro segundo del Código Penal colombiano un nuevo capÃÂtulo, el IX, con el nomen iuris “De los actos de discriminaciónâ€, el cual se halla conformado por dos conductas punibles: (i) la primera con el siguiente denominador de tipo: Los actos de raÂcismo o discriminación (artÃculo 134A Código Penal colombiano) y (ii) la segunda cuyo denominar de tipo responde a: Hostigamientos por motivos de raza, religión, ideologÃa polÃtica, u origen nacional, étnico o cultural (artÃculo 134B de igual codificación); asimismo tiene dos tipos subordinados: uno agravado (artÃculo 134C de igual codificación) y otro atenuado (art. 134D de la codificación en mención)
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