Daño moral colectivo en las relaciones de consumo: caracterización, comparación entre el sistema brasileño y colombiano y la visión del Tribunal Superior de Justicia en Brasil
DOI:
https://doi.org/10.22395/ojum.v18n36a2Palabras clave:
daño moral colectivo, derecho del consumidor, comparación entre el sistema brasileño y colombiano, visión del Tribunal Superior de Justicia en BrasilResumen
El presente artÃculo busca discutir el daño moral colectivo en las relaciones de consumo, y se concentra en el concepto actual de daño moral, en el carácter abierto de la categorÃa de los derechos de la personalidad (que también pasa a abarcar los derechos difusos y colectivos), en la caracterización y las especificidades del daño moral colectivo en el derecho brasileño del consumidor, en la comparación con el sistema colombiano instituido por la Ley 1480 de 2011 y, por fin, en su comprensión en la jurisprudencia reciente del Tribunal Superior de Justicia en Brasil. La metodologÃa utilizada correspondió a la revisión bibliográfica y el examen documental, con las cuales se observaron tanto fuentes legislativas como jurisprudenciales. Se concluyó, primero, que el daño moral colectivo en las relaciones de consumo configura la lesión que afecta al patrimonio moral de la colectividad y acarrea una reducción inmediata de la calidad colectiva de vida; que los sistemas brasileño y colombiano de responsabilidad por productos defectuosos presenta numerosas similitudes; segundo, que a pesar de no haber predicción expresa de la indemnización por daños morales colectivos, están contemplados por la ley colombiana; y se constató la progresiva recepción de la reparación integral del daño moral colectivo en las decisiones recientes del Tribunal Superior de Justicia brasileño, independientemente de la posibilidad de tasación individual de la ofensa, o de la existencia de prueba de que hubo dolor, sentimiento o lesión psÃquica para los individuos.
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