Derechos y deberes y procesales en el Estado Social de Derecho

Autores/as

  • Mabel Londoño Jaramillo Universidad de Medellín

Palabras clave:

Juez, partes, deber, derecho, conducta, moralidad

Resumen

El proceso jurisdiccional desde el Estado social de derecho adquiere una nueva perspectiva, toda vez que debe orientarse hacia la consecución de los fines que traza la Constitución, de asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. Ello implica un cambio en los paradigmas que están en los imaginarios de los operadores del foro, tanto el juez, como las partes y sus apoderados. Si se espera del juez una decisión que permee el tejido social al requerírsele no sólo solucionar los conflictos jurídicos, sino, al mismo tiempo, vigilar el respeto de los derechos fundamentales, en un mismo sistema de procesamiento, a su vez, se espera de las partes y sus apoderados, el cumplimento de los deberes y las obligaciones, entre ellos, el de colaborar con el buen funcionamiento de la administración de justicia, y la apropiación de una conducta ética y moral que responda a las directrices demarcadas por los principios de buena fe y lealtad procesal.

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Biografía del autor/a

Mabel Londoño Jaramillo, Universidad de Medellín

Abogada y Magíster en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín, Doctoranda en Filosofía en la Universidad Pontificia Bolivariana, Docente investigadora de la Maestría en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín y Docente de la Facultad de Derecho. Integrante del Grupo de Investigaciones en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín.

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Publicado

2007-06-28

Cómo citar

Londoño Jaramillo, M. (2007). Derechos y deberes y procesales en el Estado Social de Derecho. Opinión Jurídica, 6(11), 69–86. Recuperado a partir de http://udem.scimago.es/index.php/opinion/article/view/140

Número

Sección

Derecho Procesal